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Plan de Pensión Obligatoria

- Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias
Es un fondo de capitalización individual, en donde los aportes que
usted como trabajador y su patrono realizan en forma mensual, constituyen
una reserva adicional a la pensión que recibirá por parte
de la CCSS o regímenes públicos sustitutos. El total de aportes,
expresados como porcentaje del salario mensual del trabajador corresponde
al 4.25%.
- Fondo de Capitalización Laboral
Constituido con el
aporte patronal del 3% del FCL es calculado del salario mensual del trabajador
.
Cada año el 50% se traslada al Régimen Obligatorio de Pensiones
Complementarias. El restante 50% más los rendimientos se mantiene
en esta cuenta, monto que conforma el ahorro laboral.
El trabajador podrá disfrutar de este ahorro, después de
haber laborado por cinco años continuos para un mismo patrono o al
finalizar la relación laboral por cualquier causa. Igualmente en
caso de fallecimiento del trabajador, Por pensión o jubilación: ( El afiliado deberá presentar la solicitud ante la entidad autorizada, acompañada de su identificación y una certificación original donde conste la declaración del derecho de que se trate),
los beneficiarios podrán retirar
el monto acumulado en esta cuenta.
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